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Fundación de la Parroquia de Guayanilla

Por: Francisco Lluch Mora  

Desde 1751, año en que comienzan las inscripciones sacramentales en la Ribera del Santísimo Rosario de Yauco, a juzgar por los bautismos efectuados para esa fecha, la población del barrio de Guayanilla constituía casi el 40 por ciento de la feligresía de Yauco, región a la que pertenecía. Para 1876, año en que se establece la parroquia y se funda el pueblo de Yauco, la población del barrio seguía siendo proporcionalmente más alta, tomando nuevamente como base del cálculo el número de bautizos de niños; los de Guayanilla constituían el 60.5 por ciento del total de la región.

Los factores de esta densidad poblacional en el barrio de Guayanilla, inmediato a la costa, eran la presencia del puerto, con un intenso movimiento marítimo; la riqueza agraria de las fértiles llanuras; y los ingenios de caña que elaboraban azúcar y mieles. Debe tenerse en cuenta, además, que a partir de 1870 comienza a sentirse la presencia de extranjeros. Atraídos por el hecho económico, éstos se aposentaron casi todos en las tierras llanas próximas a la costa, contribuyendo así al aumento poblacional del area.

Para principios de la década del 1820 la población era suficiente como para que los vecinos del lugar decidieran solicitar el establecimiento de una Ayuda de Parroquia que les permitiera recibir los servicios del pasto espiritual sin tener que trasladarse a la iglesia de Yauco. Aunque no hemos podido localizar dicho documento, la evidencia de que existió surge de un Oficio del Superior Gobierno de la Isla de Puerto Rico relativo a la erección de parroquia, firmado por el Gobernador Gonzalo de Arostegui el 14 de agosto de 1821. Este documento, remitido al Ayuntamiento de Yauco, es el más antiguo que hemos podido localizar referente a los orígenes de la vida urbana del Guayanilla del siglo XIX y constituye, obviamente, una respuesta a la solicitud presentada por los vecinos de Guayanilla, representados, según el propio oficio, por Don José Madiedo. El documento apunta:

La comisión nombrada para informar sobre el expediente instruido por Don José Madiedo, apoderado de los vecinos de Guayanilla, en solicitud de exigir Ayuda de Parroquia lo ha verificado en estos términos. Excma. Dipon. El expediente formado por Don José Madiedo, apoderado de los vecinos del barrio de Guayanilla en el Partido de Yauco, comprende la representación de aquellos que tienen por objeto fundar una ayuda de Parroquia necesaria, en razón de ser un barrio muy poblado, distante dos o más leguas, de su iglesia Matriz, caminos intransitables en tiempos lluviosos que son muy frecuentes y ríos que no son fáciles de vadear, circunstancias que forzosamente privan del pasto espiritual cantidad enorme de almas.

Del oficio surgen claramente las razones que los vecinos del barrio de Guayanilla tenían para solicitar el establecimiento de una Ayuda de Parroquia. El documento citado añade que éstos no pretendían con su solicitud separarse de la Parroquia de Yauco:

  "sin que los costos de la ayuda de parroquia que intentan plantear sea un motivo para que se separen de la principal."

 

Las razones para dicha aclaración se desprenden igualmente del oficio. La comisión nombrada para informar sobre la solicitud, compuesta por los señores Don Faustino del Toro, Don Buenaventura Quiñones y el Dr. Don Félix García de la Torre, efectuó las reflexiones que siguen:

los vecinos de Guayanilla apercibidos de los motivos que representó el Sr. Fiscal para no acceder a su solicitud, exponen que les es mucho más gravoso gastar menos y quedarse sin Ayuda de Parroquia que gastar más con obtenerla; porque en el primer caso, el tiempo que han de perder para llevar los deberes religiosos a tanta distancia y con las dificultades que han hecho presentes, les es mucho más honeroso que una simple cuota con que contribuirán gustosos cuando se les requiera para edificar el principal templo.

 

Por lo visto, el Fiscal que intervino inicialmente en la evaluación de la petición había presentado ciertas objeciones. Estas estaban fundadas, al parecer, en el hecho de que el templo de Yauco, que a la sazón se hallaba en pésimas condiciones, necesitaba fondos para su reparación, y existía el temor de que si se accedía a la fundación de la Ayuda de Parroquia los vecinos de Guayanilla se sintieran liberados de hacer la aportación que les correspondía.

 

A los fines de lograr su propósito, el vecindario creyó prudente entonces expresar su intención de sobrellevar los gastos propios de la erección de la Ayuda de Parroquia y cooperar al mismo tiempo a la reedificación del templo de Yauco. A ese respecto, la Comisión recomienda al Superior Gobierno que los vecinos "sólo se entienden obligados a una sola vez a cooperar a la reedificación de la Iglesia de Yauco, con proporción a su haberes con toda la población del actual Partido". Todavía se le llamaba Partido al municipio y, hemos señalado antes, el barrio de Guayanilla pertenecía al Partido de Yauco.

La solicitud que presentaron los vecinos nos hace suponer que ya existía en el barrio de Guayanilla un lugar destinado alguna que otra vez al culto religioso, el que habría que acondicionar debidamente para que sirviera mejor a una Ayuda de Parroquia. A ésta habría de asistir regularmente uno de los dos sacerdotes destacados en la iglesia matriz de Yauco. Esta planta primitiva que suponemos sirvió desde 1821 para los menesteres del culto en la Ayuda de Parroquia, posiblemente estuvo ubicada en el mismo lugar donde posteriormente se levantó la iglesia de Guayanilla.

La Comisión mencionada en el oficio del 14 de agosto de 1821 recomendó también que el Superior Gobierno estimulara a los vecinos del barrio de Guayanilla "a que formen Pueblo aparte formando su Ayuntamiento, Cárcel Pública y otros accesorios anexos arreglado todo a Constitución, pues que su feraz suelo y puerto de mar prometen ser en poco tiempo esta población una de las más apreciables de la Provincia.

La Ayuda de Parroquia quedó establecida, pues, en el año 1821 y es ella el punto de partida de la vida urbana de Guayanilla, el núcleo del que saldría años más tarde el municipio propuesto por la Comisión. De la reunión de vecinos en el culto religioso se pasará a la Junta de Visita, a la reunión de los vecinos constituido ya el municipio. El proceso ha sido el mismo en todos los pueblos en Indias, salvo en aquellos que se establecieron en el pleno instante de la conquista, cuando la constitución de la vida civil por el colono fundador, casi siempre un conquistador, suponía ya el establecimiento de la Iglesia. Esta constituía una institución indispensable aún en aquellos instantes iniciales en que se abría la selva o se acondicionaban los puertos de mar.

En el año 1832 se reunieron en el barrio de Guayanilla los vecinos principales de la región con el propósito de solicitar del Superior Gobierno o Capitanía General de la Isla la creación del pueblo de Guayanilla. La reunión comenzó con la elección del apoderado de los vecinos, resultando electo Don José Farrulla, y con la expresión por parte de todos los presentes, firmantes del acta, del compromiso formal y solemne de respaldar con sus bienes y sus personas sus propósitos, de sufragar los gastos que implicaran las solicitudes que se tuvieran que hacer, la construcción de la Iglesia, la Casa del Rey, caminos y demás obras de utilidad comun.

En dicha reunión estuvieron presentes el Alcalde Mayor del distrito, con sede en Ponce, Don Francisco María Patrón, y la mayoría de los vecinos principales del lugar: Don Joaquín Rodríguez, Don Ramón González, Don José González, Don Diego Antonio de Castellar, Don Santos Lucca, Don José Farrulla, Don José Roudellous, Don Juan Pagán, Don José Antonio Rodríguez, Don Antonio Sallabenry, Don José Antonio Cassaigne, Don Ramón Mayoral, Don Ignacio Lugo, Don Nicolás Yordán, Don José Lucca, Don José Julián Rodríguez, Don Antonio Desiderio Germain, Don Ramón Borrás, Don José María Rodríguez, Don José María de Torres, Don Patricio de Torres, Don Juan Bautista Laeroix, Don Dionisio de Torres y Figueroa, Don Manuel Yordán, Don Pedro Villoch, Don Miguel Saliva y Don Antonio Arena.

El documento al que nos referimos contiene dos peticiones. En primer lugar, reconociendo que ya se habían efectuado las diligencias de establecer una Ayuda de Parroquia en el barrio de Guayanilla, se solicita la presencia permanente de un párroco. hasta ese momento no existía un sacerdote ubicado permanente-mente en el lugar; los auxilios espirituales los atendía uno de los párrocos destacados en Yauco, quien se trasladaba a la ermita que existía en el barrio de Guayanilla para esos propósitos. La segunda solicitud era la creación del pueblo de Guayanilla: "considerando que las circunstancias en que se hallaba este barrio en la época en que se obraron dichas diligencias (las del establecimiento de la Ayuda de Parroquia) han variado y que en el día se ha aumentado el vencindario y riquezas hasta el grado de encontrarse con bastante capacidad para atender a los indispensables gastos de la erección de este barrio en pueblo separado del que depende".

Aunque no hemos localizado el documento oficial suscrito por el General Don Miguel de la Torre autorizando la creación del pueblo, en una Descripción topográfica de Guayanilla, documento mecanografiado de que disponemos, se lee:

La fundación fue solicitada por un grupo de vecinos en 1820. Se fundó el 27 de febrero de 1833.(3)

Es decir, la creación del pueblo en el caso de Guayanilla es un hecho anterior a la erección de la Parroquia independiente de la de Yauco. En Guayanilla siguió funcionando la Ayuda de Parroquia, dependiente de la iglesia matriz de Yauco, que se erigió en 1821. Todas las inscripciones demográfico-sacramentales comprendidas entre el 1821 y el 1841, años en que funcionó la Ayuda de Parroquia, se efectuaron en la Parroquia matriz de Yauco.

La erección de la Parroquia independiente supone la existencia de un edificio destinado al culto religioso. Ignoramos la fecha exacta en que se comenzó a erigir el templo de Guayanilla, pero sospechamos, que fue en 1838. Veamos por qué. El vecino de Guayanilla Don Narciso Valdés, legó en su testamento, otorgado el 10 de mayo de 1822, la suma de doscientos pesos a la Ayuda de Parroquia de Guayanilla. Aunque Don Narciso murió poco después (4), para 1838 todavía no se había entregado dicho legado a su destinatario. No obstante, de un Acta de la Junta de Visita del Partido de Yauco de 28 de mayo de 1838, asentada en el Primer Libro de Actas de ese municipio, surge que los vecinos de Guayanilla reclamaron dicha cantidad para invertirla en la construcción de la iglesia(5). Podemos presumir que ésta ya se había iniciado para esa fecha.

Surge también de dicha Acta que se le dieron órdenes al Presbítero Don Manuel Capacete, Cura Párroco de Yauco y Mayordomo de Fábrica de la Ayuda de Parroquia de Guayanilla, de no entregar los doscientos pesos a la nueva Parroquia que se intentaba erigir. De hecho, todavía en 1841 los vecinos no habían recibido dicho legado testamentario, lo que indica que la suma no se utilizó en la construcción de la iglesia de Guayanilla. A base de un oficio del Capitán General López de Baños, de 20 de julio de 1838, remitido al Alcalde de Yauco Don Francisco Antonio Negroni (6) creemos que el legado no fue empleado en la reconstrucción de la Iglesia de Yauco, que para esos años se estaba realizando, sino que posiblemente fue satisfecho a la Parroquia de Guayanilla recién establecida ésta en 1841.

Para 1841 los vecinos de Guayanilla habían construido su iglesia. El Auto de erección de la Parroquia (7) informa que ésta está dedicada a la Purísima Concepción de Nuestra Señora y que no sólo es "decente y capaz" para el culto, sino que está montada "con las alhajas, ornamentos e imágenes, adornos de altar y demás necesario para la celebración de los divinos oficios". Informa, además, que dispone de la cantidad de trescientos pesos para el salario anual del sacerdote que sirva de cura de almas en la nueva parroquia, treinta pesos para el sacristán que le acompaña, y veinticinco pesos que han de entregar al Párroco por una sola vez para la oblata necesaria, mientras la parroquia reune fondos en su Fábrica, según los ofrecimientos de la Escritura guarentigia (8) que han otorgado.

La erección de la Parroquia de Guayanilla se encontró, sin embargo, con un obstáculo en el camino. En un oficio de Don Nicolás Alonso de Andrade, Vicario General Capitular, de 18 de enero de 1841, se especifica que sin el requisito de las demarcaciones entre ambos partidos "no procederá a la nueva creación, por dejar de ese modo asegurado el derecho de los Párrocos de uno y otro pueblo, el valor de las actas jurisdiccionales que en el fuero de la conciencia ejerzan en sus feligreses, y evitar los p1eitos y disputas que suelen originarse con tal motivo."

El requisito apuntado se cumplimentó en 1841, lo que consta en dos actas de trascendencia histórica para los pueblos de Guayanilla y Yauco. La primera, fechada el 18 de octubre de 1841, recoge las manifestaciones expresadas en una reunión que tuvo lugar en Guayanilla con la representación de los señores: el Alcalde interino Don Nicolás Pacheco, Don José Lucea y Don Facundo Rodríguez, vecinos de la nueva población; y la de los señores Don Juan Troche, Don Cayetano Vélez del Rosario Don Juan Eusebio Nin, Don Ramón Muñoz y el síndico Don Luis Antonmarchi (sic), vecinos de Yauco. En dicha acta se indica que se suspende por ahora el procedimiento aclaratorio dc los puntos limítrofes de ambos partidos y que siga bajo el..... que se encuentran en la actualidad, hasta que el Excmo. Sr. Gobernador, Jefe Superior político de la Isla, salga a la vista como lo tiene anunciado, el que oyendo a ambas partes delineará lo que estime de justicia para cuyo lugar se le presentarán los datos y noticias propias para el esclarecimiento de lo que se cuestiona."(9)

La segunda acta está fechada el 16 de diciembre de 1841 y tuvo lugar en los términos de las jurisdicciones de los partidos de Yauco y Guayanilla. En dicha reunión estuvieron presentes: Don Antonio Francisco Negroni, Don Juan Troche, Don Juan Eusebio Nin, y Don Cayetano Vélez, representantes por Yauco; y Don José Benito Rodríguez, Don Nicolás Pacheco, Don Facundo Rodríguez y Don José María de Torres, representantes por el nuevo pueblo.

El acta en cuestión anota, entre otras cosas, lo que sigue:

"a efecto de proceder a la terminación del deslinde (de las jurisdicciones de Yauco y Guayanilla) a virtud de lo dispuesto por el Excmo. Sr. Presidente Gobernador... en comunicación de 12 de noviembre próximo pasado, se reunieron los individuos de las comisiones nombradas que suscriben, después de haber tomado los debidos conocimientos del terreno por donde habían de tirarse las correspondientes líneas.."

Efectuado el deslinde quedó aclarado el asunto de las demarcaciones que el Gobierno Eclesiástico exigía para autorizar el funcionamiento de la Parroquia independiente. No obstante, cabe señalar que el Auto de erección de la Parroquia es independiente de 12 de junio de 1841, lo que nos indica, si atendemos a las fechas de las dos actas arriba citadas, que la Parroquia comenzó a funcionar antes de que el requisito de demarcación se cumpliese. Ignoramos si existe alguna provisión adicional del Gobierno Esclesiástico que hubiese dispensado, aunque fuese provisionalmente, la demarcación exigida en el oficio del 18 de enero de 1841.

En el Auto de erección de la ParroquIa Independiente se provee lo que sigue:

"Puerto Rico, y junio 12 de 1841. Vistos nuevamente estos autos, se comisiona en bastante forma al Párroco de Yauco Don Manuel Capacete, para que constituido en el nuevo pueblo de Guayanilla, y previa citación del vecindario con acuerdo del juez local, proceda a bendecir y colocar la nueva Iglesia Parroquial que han construido en aquel lugar, guardando la forma que previene el Ritual Romano, celebrando enseguida la primera misa con la solemnidad, pompa y decoro que exige tan grandioso acto, manifestando a aquellos fieles el respeto con que deben mirar a la Casa del Señor. (11)

La bendición de la iglesia (ignoramos el día en que tuvo lugar) estuvo a cargo dcl Padre Cura de Yauco, el Presbítero Don Manuel Capacete. Ese sencillo, pero emocionante acto de la primera Misa en la recién construida iglesia, ante los vecinos del nuevo pueblo reunidos con devoción cristiana en tan grande acontecimiento, es el que termina todo el largo proceso de la fundación del pueblo. Dicho proceso pasó por las siguientes etapas: la de Ayuda de Parroquia; la de fundación del pueblo con su Tenencia a Guerra, en la persona de Don Ramón González, su Junta de Vecinos, expresión conciliar de profundas raíces democráticas, su cárcel y sus milicias urbanas; y la de la erección de la Parroquia independiente, cuyo Primer Cura Rector fue el Presbítero Don Manuel Arjona.

 

(Este trabajo es tomado del anuario del Sesquicentenario de la Parroquia Inmaculada Concepción de Guayanilla)

 

Refundición, para fines de esta publicación sobre el Sesquicentenario de la Iglesia Inmaculada Concepción de Guayanilla, de parte de un trabajo titulado "Segunda fundación de Guayanilla, publicado en Horizontes, Revista de la Universidad Católica de Puerto Rico, Año XXVIII, Nóm. 55, octubre de 1984, e incluido en el libro Orígenes y fundación de Guayanilla.

 

Oficio del Superior Gobierno de la Isla de Puerto Rico; Sección de Gobierno; Negociado; Vice Real Patronato; Negocio:

Erección de Parroquia, oficios de 1821, Archivo Municipal de Yauco,p. 1.

2"Acta levantada en el lilarrio de Guayanilla, el l0 de diciembre de 1832", Junta de Visita, Actas sueltas celebradas ante S.E., el alcalde mayor de Ponce y de repartimiento de Subsidio la última, 1831-1832, Leg. 103, Núm. 3, Archivo Municipal de Yauco.

3 El Dr. Rafael E. Picó, a la sazón Senador, nos allegó, vía el entonces también Senador Hon. Ramón Enrique Bauzá, la descripción mencionada.

4 26 de febrero de 1823. L. Def. (1818-1826), F. 120 vito. y 121, Insc. 902, Archivo Parroquial de Yauco.

5 Libro Primero de Actas, celebradas por la Junta de Visita (sic) en los años 1833 al 1849, PP. 16, 19 Archivo Municipal de Yauco.

6 Véase Cruz Monclova, Lidio, Historia de Puerto Rico. (Siglo

XIX), Tomo 1, PP. 232-241.

7 Auto de erección de la Parroquia separada o independiente de la Purísima Concepción de Nuestra Señora del Pueblo de Guayanilla, 12 de junio de 1841, Libro de Visitas y Circulares II, folio 129 vito. 130.

8 guarentigia-cláusula que se aplicaba a todo contrato o escritura pública para obligar a su cumplimiento. G.E. Morales

Muñoz, Fundación del pueblo de Gurabo, p. 64.

9 Cuaderno Deslinde de la jurisdicción de Yauco en 1841 y 1846, Leg. No. 33, "Acta Guayanilla, 18 de octubre de 1841",

Archivo Municipal de Yauco.

10 Libro Primero de Actas, celebradas por la Junta de Visita (sic) en los aiios 1833 al 1849, Acta del 16 de diciembre de 1841. Archivo Municipal de Yauco.

11 Ver nota 7.

 

 

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